Criterio de gestión del INSS. Validez de las cotizaciones en España para el reconocimiento y liquidación en virtud de los Reglamentos Comunitarios.
El pasado 11 de Mayo de 2026, la Subdirección General de Ordenación y asistencia jurídica publicó el criterio de gestión 11/2026.
🇪🇸🇪🇺 ¿ Cual es el asunto del criterio de gestión?
El tratamiento a los efectos del reconocimiento y cálculo de las prestaciones con la Seguridad Social, ha de otorgarse a las cotizaciones españoles con los períodos de seguro certificados por otro Estado del ámbito de aplicación de los Reglamentos Comunitarios de coordinación de los Sistemas de la Seguridad Social.
🇪🇸🇪🇺 Objeto del criterio de gestión.
Dentro de las normas comunitarias de coordinación de Sistemas de Seguridad Social hemos de destacar el Reglamento 883/2004, Consejo y Parlamento Europea. En el artículo 11 se consagra uno de los principios de coordinación que es el principio de unicidad de la legislación aplicable ¿ que dice? las personas estarán sujetas a la legislación de un
único Estado miembro.
El antecedente de esta norma comunitaria, el Reglamento(CEE) 1408/71, no prevía excepciones al principio general de unicidad en legislación aplicable. Sin embargo, en el artículo 16 de dicho reglamento establece la posibilidad de que dos o más Estados miembros adopten acuerdos de excepción en beneficio de determinadas personas.
El Reglamento(CEE) 1408/71, en el Anexo VII si permitía en determinados casos el doble aseguramiento obligatorio de dos Estados. En lo que concierne a España, el doble aseguramiento sólo se permitía en caso de actividad por cuenta ajena en España y por cuenta propia en otro Estado miembro, y si es al contrario la actividad por cuenta propia en España y por cuenta ajena en un Estado miembro, por una persona residente en España. En el Reglamento 883/2004, en la transitoria recogida en el art 87.8, este doble aseguramiento se mantuvo hasta el 2020.
Se han visto supuestos de doble aseguramiento, cuando se reconocen las prestaciones dela Seguridad Social.
Recordar que cuando se den casos de doble aseguramiento, se ha de consultar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para que comunique que legislación ha de aplicarse en virtud de las normas comunitarias.
¿ Qué ocurre cuando la legislación española no es la aplicable para el período superpuesto, según el Reglamento 883/2004 ? las cotizaciones efectuadas en España durante el mismo no pueden se computadas ni para la pensión nacional ni para la pensión prorrateada.


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