IMSERSO: programa de turismo.
¿ Cual es el objeto del programa?
Con la aprobación de la Orden SCB 926/2018, 10 de septiembre, regula el programa de Turismo del Imserso cuyo principal objetivo es fomentar la autonomía de las personas facilitando el acceso a actividades culturales y recreativas, con la finalidad de mejorar la salud y la calidad de vida. El programa de turismo, es un servicio complementario de las prestaciones del sistema de la Seguridad Social, que se desarrolla por el IMSERSO - Instituto de Mayores y Servicios y sociales-.
El Programa de Turismo, se ha ido adaptando a los cambios sociales y a las nuevas demandas de las personas mayores. Además de contribuir a potenciar el desarrollo económico del sector turístico, reduciendo la estacionalidad para mantener el empleo y la actividad económica durante la temporada baja.
¿Cuáles son los requisitos para participar en el programa?
1-. Las personas residentes en España que cumplan con los siguientes requisitos:
✔️ Ser pensionista de jubilación del sistema de la Seguridad Social.
✔️ Ser pensionista de viudedad con más de 55 o más años de edad del sistema de la Seguridad Social.
✔️ Ser pensionista por otros conceptos del Sistema de la Seguridad Social o perceptor de prestaciones o subsidio por desempleo con sesenta o más años de edad.
✔️ Ser asegurado o beneficiario del sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
✏️ Los españoles residentes en el extranjero, siempre que reúna los requisitos anteriores.
✏️Los españoles de origen que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país que hubieran emigrado.
2-. Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o en su caso pareja de hecho o la persona con la que constituya una unión estable y de convivencia, en análoga relación de afectividad a la conyugal.
También podrán ir acompañadas de lo hijos con discapacidad , en un grado igual o superior al 45% siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o si abonen el suplemento correspondiente por habitación individual.
3-. Las personas usuarias de plazas y sus acompañantes, excepto los hijos , debe valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
4-. Los requisitos se han de acreditar mediante declaración responsable.
Todos los años se publica la convocatoria en el BOE para participar en dicho programa.
¿Qué modalidades de viaje existen?
🗺️ Zona Costa peninsular: estancias de diez y ocho días en la Comunidad Autónoma de Cataluña,Andalucía, Murcia y Valencia.
🏝️ Zona Costa Insular: estancia de diez y ocho días, en las Islas Canarias y Baleares.
🌲🏙️ Turismo de Escapada: estancias de 4 , 5 y 6 días. Circuitos culturales, turismo de naturaleza, capitales de provincia, ciudades de Ceuta y Melilla.
¿Qué servicios incluyen en el programa?
🏩 Alojamiento en régimen de pensión completa, en habitación doble por hoteles seleccionado por el Imserso. En capitales de provincia será en régimen de media pensión. Si que se contempla el alojamiento en habitación individual con un suplementos por zona y por noche.
🚌 Transporte de ida y vuelta en el medio de transporte programado, desde la capital de provincia de la persona usuaria hasta el hotel de destino y regreso, excepción viajes sin transporte y viajes a capital de provincia.
📃 Póliza de seguros colectiva.
💊 👨⚕️Servicio de medicina general en el propio hotel, complementario de la Seguridad Social.
💃🕺 Programa de animación socio cultural.


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