Cotización adicional de solidaridad.
En el boletín de noticias RED 7/2024 , publicado el 12 de Septiembre de 2024, hace referencia a la cotización de solidaridad regulada en el artículo 19 bis del Real Decreto Legislativo 30/2015, 30 Octubre. La cotización adicional de solidaridad con efectos, desde el 1 de Enero del 2025 , recoge lo siguiente: El importe de las retribuciones a las que se refiere el artículo 147, que supere el importe de la base máxima de cotización establecida para las personas trabajadoras por cuenta ajena del sistema de la seguridad social a los que les resulte de aplicación el presente artículo, quedando sujeto en toda la liquidación de cuotas, a una cotización de solidaridad teniendo en cuenta los siguientes tramos: La cuota de solidaridad será el resultado de aplicar un 5,5% a la parte de la retribución comprendida entre la base máxima de cotización y la cantidad superior referida a esa base máxima en un 10% . El tipo de un 6% a la parte de la retribución comprendida...