Nuevo acuerdo de las pensiones .

 

El pasado 31 de Julio de 2024, la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social ha alcanzado un acuerdo para mejorar la jubilación dando lugar a mayor flexibilidad, involucrar a las Mutuas en los tratamientos sanitarios y regular las profesiones penosas.
El acuerdo ha sido suscrito por el Gobierno, las organizaciones patronales CEOE y CEPYME y sindicales UGT y CC.OO.

Mejorar el tránsito del trabajo a la jubilación.
El Gobierno y los interlocutores sociales han logrado un entendimiento en los avances para la regulación de las modalidades de compatibilizar el trabajo con la pensión , en concreto con la jubilación activa y la jubilación parcial.

La finalidad de esta medida es lograr que los trabajadores puedan realizar una salida al mercado de trabajo más progresiva y flexible, adaptándola a cada trabajador , en línea con los países de nuestro entorno.

Mejorar el tránsito del trabajo a la jubilación.
En relación con la jubilación activa, se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa , facilitando el acceso a ella, teniendo especial incidencia desde la perspectiva de género. Esta jubilación será compatible con los incentivos  de demora y su compatibilidad se fijará en función del tiempo que se demore. 

En cuánto a la regulación de la jubilación parcial, se establece ampliar de 2 a 3 años  la posibilidad de anticipo, estableciendo limites en la reducción de la jornada. Se mejorarán las condiciones del trabajador relevista: la contratación será indefinida en un puesto no amortizable.

La jubilación parcial de los trabajadores de la industria manufacturera , se prorrogará el marco actual hasta el 2029. La prórroga incluye mejorar las condiciones del trabajador relevista y establecer una regulación equilibrada y flexible a las empresas en cuánto a la regulación de la jornada tanto del relevista como del jubilado.

Se mejora la jubilación demorada con la posibilidad de un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del
segundo año y no sólo cada 12 meses. 

Estas medidas completan el proceso de reformas iniciados en 2021 para acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal.

Incapacidad Temporal. 
En materia de Incapacidad Temporal también se ha logrado un acuerdo en la negociación , en relación con la implicación de las Mutuas en la IT, cuando se colabore con los Servicios Públicos de Salud, en la realización de pruebas diagnósticas en patologías de origen  traumatológico , siempre sujeto al consentimiento y voluntariedad de los ciudadanos.

También se ha avanzado, en abrir una línea de trabajo  que permita hacer un seguimiento de los indicadores de IT, de acuerdo con lo establecido en la  AENC , con la constitución de una comisión de control para el seguimiento y control de estos convenios y ver la evolución de la Incapacidad temporal.

Coeficientes reductores de la edad de jubilación.
En relación con fijar una regulación más flexible , teniendo en cuenta las circunstancias de la ocupación y el trabajador, se ha avanzado en el procedimiento para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación para ocupaciones especialmente peligrosas.

Mejoras para los trabajadores fijos discontinuos.
Se incluyen mejoras en las condiciones de acceso a la jubilación para los trabajadores fijos discontinuos recuperando el coeficiente reductor del 1,5 que se utilizaba para calcular el período de carencia para acceder  a la pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.



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