¿ A quién protege y que cubre el Seguro Escolar?

 


- ¿Cúal es el objeto del seguro escolar?
 El seguro escolar tiene la finalidad de cubrir a los estudiantes desde 3 de la ESO hasta el 3 ciclo de estudios universitarios. Se les reconocerá prestaciones sanitarias y económicas en caso de accidente escolar,enfermedad o infortunio familiar. 

 -Requisitos:
 1-. Tener menos de 28 años, ser español o extranjero con residencia legal en España, que cursen los siguientes estudios: - 3 , 4 de la Eso y bachillerato.
 - Formación profesional de grado medio y grado superior. 
- Cursos de orientación universitaria.
 - Programas de cualificación profesional. 
- Arte dramático de grado superior - danza y conservatorios de música-.
 2-. Asimismo, quedan incluidos en el ámbito de protección del seguro escolar, los estudiantes del espacio económico europeo, y en general todos los estudiantes extranjeros residentes, en las mismas condiciones que los nacionales.

-Riesgos cubiertos:
1-.Accidente escolar: El accidente escolar se define como todo daño corporal que sufre el asegurado con ocasión de actividades directas e indirectas relacionadas con la actividad escolar ( Ej. accidente escolar es el acaecido en el viaje de fin de curso). Se les reconocerá la prestación médica, farmacéutica, desde el momento del accidente hasta  la fecha del alta médica en que pueda incorporarse a los estudios.
La prestación médica incluye: intervención quirúrgica, rehabilitación para la curación y pruebas técnicas.
Junto a las prestaciones por asistencia farmacéutica y médica, en el caso de incapacidad se reconoce una Indemnización  y en el caso de fallecimiento del estudiante se reconocen unas cantidades establecidas en función del lugar de fallecimiento del estudiante que son los gastos de sepelio.

2-. Accidente y enfermedad no escolar: en el caso de accidente y enfermedad no escolar se reconoce la prestación por asistencia médica y farmacéutica.

3-. Infortunio familiar: la prestación por infortunio familiar tiene la finalidad de asegurar al estudiante para la continuación de los estudios hasta la finalización (incluido el doctorado - tercer ciclo-). Se reconocerá una cuantía dependiendo de si es una familia no numerosa, familia numerosa de categoría general o familia numerosa de categoría especial. La prestación se reconocerá cuando se den las siguientes causas:
- Fallecimiento del cabeza de familia, ya sea el padre o la madre mientras aporten recursos a la unidad familiar.
- Infortunio familiar o quiebra.
Esta prestación se reconocerá el día primero del mes siguiente al hecho causante. Se extingue cuando el beneficiario  cumpla los 28 años. Señalar que es compatible con cualquier beca escolar.









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